¿Puedo elegir en qué farmacia reclamar mi cannabis medicinal?
Sí. Puedes elegir el establecimiento autorizado que prefieras (Ley 1751 de 2015, art. 6). Si tu EPS cubre el producto, la entrega se hace en su red.
Qué establecimientos son autorizados
- Para preparaciones magistrales: los que tienen certificado BPE del Invima con alcance para cannabis (Decreto 1138 de 2025, art. 12).
- Para productos de control especial: los inscritos ante el Fondo Nacional o el Fondo Rotatorio de Estupefacientes (Resolución 1478 de 2006, art. 12).
- Para medicamentos con registro: las droguerías y farmacias, con tu fórmula.
Si tu EPS cubre el producto
La entrega se hace en la red de tu EPS. La libre elección de la Ley 1751 de 2015 (art. 6) opera dentro de esa red.
No olvides los plazos
Un producto de control especial no se despacha si la fórmula tiene más de 15 días de expedida (Resolución 1478 de 2006, art. 97).
Fuentes
Preguntas frecuentes.
¿La EPS cubre el cannabis medicinal?
Depende de tu EPS y del producto. Si lo cubre, la entrega se hace en su red.
¿Puedo cambiar de farmacia entre una fórmula y otra?
Puedes elegir el establecimiento autorizado que prefieras, salvo que la entrega sea dentro de la red de tu EPS.
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